La Comunidad de Madrid activa hoy el proceso simultáneo de bajas y altas laborales para casos positivos asintomáticos de COVID-19
COMUNIDAD DE MADRID, 17 de enero de 2022
- Para reducir la carga burocrática en Atención Primaria a la mitad, los médicos podrán gestionarlas de manera conjunta, y el paciente solo tendrá que mantener aislamiento de siete días
- Este cambio se pone en marcha después de que el ministro de Seguridad Social respondiera por carta al consejero de Sanidad asegurando que no se precisa para ello de una modificación normativa
La Comunidad de Madrid ha activado hoy el nuevo procedimiento para tramitar simultáneamente las bajas y altas laborales de aquellos ciudadanos asintomáticos contagiados de COVID-19, que deberán permanecer únicamente siete días de aislamiento en sus domicilios.
Con esta modificación en la aplicación informática se reducirá la carga burocrática a la mitad en Atención Primaria. A partir de ahora el médico podrá emitir la baja y el alta laborales en un único contacto con el paciente en los episodios registrados como infección por COVID-19 asintomáticos, al igual que ocurre en los procesos de Incapacidad Temporal de corta duración, es decir, de hasta cinco días, como recoge el Real Decreto 625/2014.
En todas las bajas con este diagnóstico se cargará automáticamente una duración estimada de siete días y, en función de la fecha que se registre, aparecerá automáticamente la de reincorporación sin necesidad de cumplimentarla. Para obtenerla, los asintomáticos que hayan dado positivo en un test autodiagnóstico u otra prueba de detección de infección activa (PDIA) tendrán que contactar con el teléfono gratuito del Centro de Atención al Paciente 900 102 112, informar de su situación e indicar que precisan de la baja para poder cumplir el periodo de aislamiento.
El ciudadano recibirá un SMS de confirmación de la recepción de sus datos e informándole de que el centro de salud contactará con él para hacer efectivos los trámites sin necesidad de pedir cita. Así, se le facilitará baja y alta con duración de siete días a partir de la fecha del resultado positivo. Si aparecieran síntomas durante el periodo de aislamiento y estos se mantienen pasados esos días, deberá contactar con su centro de salud por si fuera necesario prolongarla. Si permanece sin síntomas, transcurrida la semana, deberá incorporarse al trabajo al siguiente día laborable.
Los ciudadanos que lo precisen pueden acceder de forma digital a la documentación de la baja accediendo al apartado Mi Carpeta de Salud en el portal web oficial de la Comunidad de Madrid, o a través de su empresa si está adherida al Sistema RED estatal.
No será necesario imprimir el parte en papel si su empresa tiene acceso a esta herramienta. Además, se puede solicitar un ejemplar impreso de la documentación en la Unidad de Atención al Usuario de los centros de salud.
RESPUESTA DEL MINISTRO
Este cambio en la aplicación que utilizan los facultativos para este trámite administrativo se activa después de que el jueves pasado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, y a solicitud del consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, contestara por carta afirmando que este nuevo sistema se podía implantar sin modificación de la normativa vigente.