La prohibición de la venta de dulces, bebidas azucaradas y energéticas en los colegios

FACUA-Consumidores en Acción valora positivamente la medida en la que trabaja el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 de prohibir la venta de bollería industrial y de bebidas azucaradas y energéticas en los centros educativos, aunque le recuerda que el desarrollo de esta norma llega 14 años tarde. Además, le pide extender también dicha prohibición a todos los hospitales y centros sanitarios del país.

En el artículo 40 de la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición se recoge, entre las medidas especiales dirigidas al ámbito escolar, que “en las escuelas infantiles y en los centros escolares no se permitirá la venta de alimentos y bebidas con un alto contenido en ácidos grasos saturados, ácidos grasos trans, sal y azúcares. Estos contenidos se establecerán reglamentariamente”. Es precisamente ese reglamento el que ahora está desarrollando el Gobierno sobre una ley aprobada en 2011 La asociación lamenta que se haya tardado tanto en redactar una norma que afecta a un colectivo especialmente sensible con la alimentación como son los menores y adolescentes. En cualquier caso, defiende todas aquellas medidas orientadas a la protección de la salud y el fomento de una alimentación y unos hábitos de vida saludables.

Asimismo, pide al Gobierno que incluya en la normativa en la que está trabajando un refuerzo de los controles en los centros educativos públicos y privados para garantizar que se cumple la prohibición de vender este tipo de productos entre los menores y adolescentes. Para ello, es necesario que se realicen evaluaciones presenciales extraordinarias para detectar posibles irregularidades una vez que la norma esté en vigor.

Este decreto tiene por objetivo impedir la comercialización en los centros educativos de aquellos alimentos y bebidas que superen un contenido máximo de cinco gramos de azúcares por porción envasada. La futura norma plantea la prohibición de instalar máquinas vending en zonas a las que pueda acceder el alumnado de Infantil y Primaria.

De este modo, el Ministerio de Consumo quiere que el valor energético de los productos que se comercialicen no supere las 200 kilocalorías. Además, las kilocalorías que procedan de la grasa no pueden superar el 35%. Es decir, el contenido máximo de grasas será de 7,8 gramos para una porción de 200 kilocalorías como máximo.


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