Los derechos de los consumidores en la enseñanza no reglada

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Los derechos de los consumidores en la enseñanza no reglada


El contrato tiene que hacer referencia clara y precisa al derecho de desistimiento del consumidor y las prestaciones pedagógicas o características de la enseñanza.


Facua Madrid

En relación con los derechos de los consumidores en la enseñanza no reglada, FACUA Madrid recomienda que se solicite la mayor información posible antes de contratar dicho curso o materia educativa. Asimismo, advierte de que las normas de protección de los derechos de los consumidores establecen claramente que éstos pueden exigir el contenido de la publicidad, aun cuando no figure expresamente en el contrato.


Además es conveniente solicitar información sobre los contenidos del curso y la metodología, el material (libros, multimedia, clases presenciales, clases prácticas, tutorías), duración del curso, cualificación profesional del profesorado, títulos o certificados que se pueden obtener estudiando por esa academia y precio total desglosado en conceptos de matrícula y material.


Asimismo, a la hora de efectuar el pago, el centro educativo debe ofrecer no solo la posibilidad de hacerlo a través de domiciliación financiera, sino también de forma efectiva o mensualmente. Si finalmente el pago se hace a través del banco, el consumidor tiene derecho a suscribir el préstamo con la entidad que desee.


Si el contrato se celebrase por un comercial en el domicilio del consumidor, tiene que hacer referencia clara y precisa al derecho de desistimiento del consumidor y a los requisitos y consecuencias de su ejercicio. En este caso, el usuario tiene derecho a la resolución en el plazo de 14 días contados a partir de la recepción del material didáctico o del contrato firmado según los casos. No será necesario alegar causa o justificación alguna, pero sí es conveniente dejar constancia de ello por medio de un correo certificado con acuse de recibo y devolviendo el material didáctico si se ha recibido en el domicilio.


FACUA Madrid aconseja que en caso de conflicto es conveniente acudir a las asociaciones de consumidores para tramitar la reclamación y, llegado el momento, ir al Sistema Arbitral de Consumo.




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