EL ABOGADO ACONSEJA. Comunicación telemática de altas y bajas en caso de incapacidad temporal

El pasado 5 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración. La novedad principal es la simplificación de los trámites de baja por incapacidad temporal.

Con efectos desde el 1 de abril de 2023 el INSS remitirá directamente los partes de baja por incapacidad temporal a las empresas. Los trabajadores ya no tendrán que aportar a las empresas los partes de baja y alta.

El esquema básico de este nuevo sistema de gestión es como sigue:

— El facultativo que expida el parte médico de baja, confirmación o alta entregará a la persona trabajadora una copia de éste.

— El servicio público de salud o, en su caso, la mutua o la empresa colaboradora remitirá los datos contenidos en dichos partes al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), por vía telemática, de manera inmediata y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente al de su expedición.

— El INSS comunicará a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta referidos a sus personas trabajadoras, como máximo en el primer día hábil siguiente al de su recepción en dicho instituto.

— Recibida la notificación del INSS, las empresas deben transmitir al INSS a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos, con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos que se determinen mediante orden ministerial.

— El incumplimiento de la citada obligación podrá constituir, en su caso, una infracción leve de las contempladas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en su Artículo 24.1; sancionada, en este caso, con multa de 70 a 750 euros.

Desde Asserlex, y durante más de 25 años, sabemos lo fundamental que es dar apoyo a las pequeñas y medianas empresas y al emprendimiento general. Por eso, desde este despacho le podremos ayudar ante las dudas que pudiera tener en su empresa actual o ante un nuevo proyecto empresarial a punto de germinar.

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